¿Está pensando en vender o alquilar una vivienda a través de una agencia inmobiliaria? En ese caso una de las cuestiones fundamentales que se plantea es quién debe pagar sus honorarios una vez finalizada la operación.

Las condiciones cambian si hablamos de compraventa o arrendamiento. En el primer caso es frecuente que sea el vendedor aquel que establezca un porcentaje de comisión de la venta con la agencia por las gestiones realizadas. Un porcentaje que suele oscilar el 3-5%, aunque podría variar según la zona o características de la misma.

En el caso de los contratos de alquiler la situación varía suele ser el arrendatario quien acude a la inmobiliaria para que le muestre diferentes viviendas, y es quien paga a la agencia que le ha enseñado la vivienda una cantidad que suele consistir en un 10% de la anualidad o en una mensualidad.Agencias Inmobiliarias Adaix en España

Sin embargo, cabe destacar,que no existe ningún tipo de regulación legal que establezca quién debe soportar la obligación de abonar tales honorarios lo que genera cierta controversia al respecto.

¿Arrendador o arrendatario? Argumentos al respecto.

Existen diferentes opiniones en cuanto al pago de los honorarios a la inmobiliaria en el caso de los contratos de alquiler:

  • Hay quienes consideran que cuando se contacta con una agencia para visitar una vivienda, considerándose esta agencia como el posible arrendatario, el individuo no ha contratado ningún tipo de servicio con la agencia, sino que ha sido la propiedad la que canaliza el flujo de visitas a través de una empresa especializada. En este caso resulta inadecuado el pago de los honorarios, ya que si hubiera existido la posibilidad de contactar directamente con el agente no se hubiera abonado nada.
  • No obstante, por otro lado tenemos quienes argumentan que la participación de una agencia implica una seguridad y profesionalidad que puede ahorrar a ambas partes problemas posteriores y que actúa como mediador durante toda la transacción, de modo que este pago debería dividirse entre arrendador y arrendatario.

Todo esto nos lleva a deducir que en estos momentos no existe una solución definitiva, de hecho cada vez más se está optando por la posibilidad de dividir el pago entre ambas partes. De todos modos debería establecerse un baremo donde el abono fuera acorde con los beneficios y servicios recibidos por cada una de las partes, a fin de evitar abusos que perjudiquen la transacción y que mermen las posibilidades tanto de arrendadores como de posibles inquilinos.

En las Agencias Adaix intentamos ofrecer el mejor servicio a nuestros clientes y adaptamos nuestros honorarios según el servicio prestado, a fin de lograr el entendimiento de las partes y que la profesionalidad que nos caracteriza contribuya a facilitar cualquier transacción.

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