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El euríbor anual marcó, por primera vez, una tasa negativa del -0,002% el pasado 5 de febrero. Con el euríbor a un año en tasas negativas, hay dudas sobre cómo afectará a los hipotecados. Sobre todo, la pregunta que se suscita de forma inmediata es si el banco tendrá que pagar intereses a los titulares de préstamos hipotecarios.

Aunque es posible que el euríbor se sitúe de nuevo en valores negativos, hay que tener en cuenta que la referencia que se publica (y que se toma como índice de referencia oficial), suma la media mensual (no únicamente la tasa negativa o positiva de un solo día) y que a esta referencia se le tiene que sumar el diferencial que tenga cada hipoteca.

Por lo que, de momento, no parece probable que pueda afectar, a corto plazo a la mayoría de hipotecas, salvo en lo que respecta a la cuota mensual que, lógicamente, será menor.
¿Es posible que el banco pague a los hipotecados?

Para que el banco “pagara” intereses a los hipotecados se tendría que dar una situación bastante improbable y además, teniendo en cuenta el contexto actual, se entraría en terreno desconocido…

¿Por qué? Sólo algunas hipotecas suscritas entre 2007 y 2009, en las que algunas entidades aplicaron al euríbor el diferencial más bajo del mercado (entre el 0,2% y el 0,3%), podría darse el caso de un tipo final negativo, en el caso de que el euríbor hipotecario alcanzara un valor del -0,2%.

Actualmente, la mayoría de hipotecas tienen un diferencial superior al 1%. De hecho, la media de estos préstamos fue de euríbor +1,34% en el año 2015. Es decir, que para que se pudiera plantear la situación de que el banco tenga que pagar intereses al titular de una hipoteca, la tasa negativa que tendría que presentar el euríbor debería ser superior a la suma de este valor negativo más el diferencial de cada hipoteca.

Por ejemplo, en una hipoteca con el euríbor más un diferencial del 1,50%, la tasa negativa debería ser del -1,51%.

Este mismo lunes, el presidente de la Asociación Española de Banca (AEB), José María Roldán, advertía que la entrada en valores negativos del euríbor en tasa diaria puede desembocar en una “contradicción” que supondría que la banca pagara por prestar dinero y cobrar por atraer productos.

Con todo, llegado el caso de que el interés de la hipoteca o tipo final sea negativo, habrá que esperar y ver la interpretación que hace la banca y la patronal bancaria, que podría ser que el mínimo interés aplicable sea el 0% o bien descontar del capital pendiente del préstamo, en cada cuota, la parte de intereses negativos, que no dejaría de ser una forma de pagar intereses al titular de la hipoteca.

Se trataría de un escenario totalmente nuevo que no está regulado por lo que lo más probable es que sea necesaria una aclaración jurídica y que la última palabra la tengan los tribunales o incluso el propio Banco Central Europeo.

Fuente: Fotocasa

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