Según el Anteproyecto de Ley de Medidas para la Flexibilización y Fomento del Mercado de Alquiler, que se aprobará hoy en el Consejo de Ministros los inquilinos que se retrasen en el pago de la renta o el alquiler podrán ser desahuciados en un plazo de diez días si no presentan alegaciones ante el juez. Si el inquilino no paga su deuda el juez puede dictar la resolución del contrato de forma inmediata, sin más trámites.

Según Ana Pastor, «lo que se quiere es reducir el procedimiento tedioso que se tenía que llevar a cabo hasta ahora para dictar una resolución, pues lo que está claro es que el que no paga, no va a pagar aunque se le dé más plazo».

Otro de los principales aspectos de la nueva normativa para el mercado del alquiler es la potestad del arrendatario de rescindir el contrato sin tener que pagar ninguna indemnización si lo comunica con un mes de antelación, «independientemente de la duración de éste». Asimismo, el dueño de la vivienda podrá recuperarla para residencia habitual sin necesidad de que se haya pactado en el contrato, «siempre con un plazo de dos meses de preaviso».

Afirman que el principal objetivo de este proyecto de ley es flexibilizar el mercado del alquiler, reforzar la seguridad jurídica y mejorar la regulación del procedimiento judicial de desahucio. «La reforma se plantea porque tenemos un mercado del alquiler muy pequeño frente al resto de países de la UE, pues solo un 17% de la población tiene vivienda de alquiler , frente al 83% que la tiene en propiedad», aseveró Pastor, para quien «lo más gordo» es el ‘stock’ de 700.000 viviendas que hay en España.

Por otro lado, la nueva prevé contempla bonificaciones fiscales del 85% en el Impuesto de Sociedades para el arrendamiento de inmuebles. También rebaja el requisito mínimo de viviendas alquiladas de diez a ocho. Además éstas solo deberán permanecer en régimen de arrendamiento al menos durante tres años, cuando el periodo mínimo anterior era de seis años.

Dentro del apartado fiscal, la nueva normativa también quiere fomentar la creación y el funcionamiento de las Sociedades Anónimas Cotizadas de Inversión en el Mercado Inmobiliario (Socimi), «pues son unos instrumentos que persiguen el objetivo de la liquidez», dijo Pastor.

 Fuente: laverdad.es

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