Las reformas para los alquileres llegan con fuerza y cambios importantes.
  • El inquilino podrá desistir del contrato de arrendamiento siempre que lo comunique al arrendador con una antelación mínima de un mes.
  • Se podrá aplicar al pago de la renta las mejoras o reformas acordadas y realizadas por el inquilino.
  • Se incentiva la creación de sociedades dedicadas a la inversión para el alquiler.

Toda la información en el Boe:  http://www.fomento.gob.es  

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