El depósito de la fianza en Aragón se realiza en el DGA y es obligatorio

En Aragón, tras la firma del contrato de alquiler, el inquilino está obligado a entregar una fianza. La cuantía a depositar variará según qué tipo de alquiler.

La cuantía a depositar según cada tipo de arrendamiento será:

    • Vivienda o subarriendo parcial de vivienda: Una mensualidad de la renta pactada.
    • Local o subarriendo total de local: Dos mensualidades de la renta pactada.
    • Subarriendo parcial de local: Una mensualidad de la renta pactada.
    • Contratos de suministro de agua, gas o electricidad: El importe de la fianza exigida.

El depósito de la fianza se deberá hacer en un plazo de dos meses desde la firma. Se realizará mediante ingreso en la cuenta corriente habilitada* (Artículo 9.1 Ley 10/1992). Se podrá hacer mediante transferencia bancaria o en metálico. Es necesario solicitar a la Entidad Bancaria el justificante del pago.

El depósito debe ser realizado a nombre del arrendador, adjuntado su número de D.N.I. y rellenar la Carta de Pago. Si se opta por el ingreso en metálico, deberá de realizarse en cualquier oficina de Ibercaja Banco.

El Gobierno de Aragón dice que no procede depositar la fianza en los siguientes casos:

      • El arrendamiento de habitación. Salvo si se tratase de un subarriendo parcial de la vivienda.
      • El arrendamiento de un garaje.
      • Arrendamiento de un trastero.
      • Arrendamientos rústicos.
      • Los Arrendamientos y subarriendos en los que figure como arrendatario o subarrendatario cualquiera de las entidades públicas de carácter territorial.
      • Los arrendamientos o subarriendos de temporada.

Es obligación del arrendador y/o subarrendador depositar la fianza en el DGA

El lugar en el que se debe presentar el depósito de la fianza en la DBA será en los registros oficiales. Es decir, en la Oficina de Atención al público y Registro General, las Oficinas de Información al Ciudadano. También en el Registro de las Delegaciones Territoriales y de las Oficinas Delegadas. Así como en las oficinas de Registro de la Red de la Comunidad Autónoma de Aragón.

También se podrá realizar por correo ordinario, a través de una oficina de Correos. Debe de ir dirigido a las unidades de fianzas de las distintas subdirecciones provinciales de la vivienda (Zaragoza, Huesca o Teruel). Se podrá realizar mediante cita previa, pero solo para la ciudad de Zaragoza.

*Cuenta Corriente de ingreso: ES87 2085-5200-82-0334418321