Retomamos la sección de normativas con una ley que consideramos muy importante en el sector en el que nos movemos y que además nos han sugerido desde la actividad de administración de fincas que tiene Adaix. Para que quede claro la Ley de Propiedad Horizontal debemos de saber que es la propiedad horizontal. La noción de propiedad se usa para llamar al derecho (o facultad) de poseer algo.  En lo que se refiere a horizontal es aquello paralelo al horizonte o relativo a él.

Teniendo estos dos conceptos claros debemos de explicarlos juntos, la propiedad horizontal es el derecho que se ejerce sobre uno o más pisos (ya sean viviendas o locales) de un edificio, que han sido adquiridos por distintos propietarios en forma separada pero que tienen ciertos derechos y obligaciones en común. En el mismo, coexisten elementos privativos, propios (los pisos, las plazas de parking y los trasteros) con otros elementos comunes para todos los vecinos (escaleras, jardines, ascensores, portales, etc.). El modo en que se regulan estas relaciones de propiedad, copropiedad y de vecindad, son lo que se denomina Propiedad Horizontal.

Todos los propietarios y copropietarios de un edificio ya sean poseedores de una o varias viviendas y de uno o varios locales se denominan Comunidad de Propietarios. Esta se organiza a través de un órgano denominado Junta de Propietarios, donde se toman todas las decisiones que afecten la vida de la comunidad según el artículo 13 de La Ley de Propiedad Horizontal (LPH). Se reúnen una vez al año como mínimo para aprobar los presupuestos de la comunidad, sin perjudicar que se puedan organizar otras convocatorias durante el año si fuese necesario. La Junta de Propietarios designa a un presidente, que será el representante legal de la Comunidad y que irá rotando entre los propietarios. En teoría será auxiliado por otro cargo, el de secretario, que se encargaría de las actas y certificados, pero en la actualidad ese cargo lo toma la figura profesional y externa del Administrador de Fincas.

La figura del Administrador de fincas es muy habitual. Así lo recoge la Ley, con la existencia de complejos inmobiliarios, Comunidades de Propietarios de Chalets, de Naves Industriales; donde la Propiedad Horizontal ha desplazado a la propiedad vertical, ya que en estos casos también existen elementos comunes interiores (jardines, telecomunicaciones, edificaciones, etc.) de uso común para todos los propietarios. Es decir que la Propiedad Horizontal no solo ampara a los edificios comunes, sino que también se aplica a las urbanizaciones y a los complejos industriales y de negocios.

Teniendo claro la función del administrador de fincas y conociendo una parte de la Ley de Propiedad Horizontal, queremos hablar de cuáles son las funciones y labores que le corresponde al administrador de fincas, según el artículo veinte de la Ley de Propiedad Horizontal:

  1. Velar por el buen régimen de la casa, sus instalaciones y servicios, y hacer a estos efectos las oportunas advertencias y apercibimientos a los titulares.
  2. Preparar con la debida antelación y someter a la Junta el plan de gastos previsibles, proponiendo los medios necesarios para hacer frente a los mismos.
  3. Atender a la conservación y entretenimiento de la casa, disponiendo las reparaciones y medidas que resulten urgentes, dando inmediata cuenta de ellas al presidente o, en su caso, a los propietarios.
  4. Ejecutar los acuerdos adoptados en materia de obras y efectuar los pagos y realizar los cobros que sean procedentes.
  5. Actuar, en su caso, como secretario de la Junta y custodiar a disposición de los titulares la documentación de la comunidad.
  6. Todas las demás atribuciones que se confieran por la Junta.

Debemos de ser conscientes que la labor de Administrador de fincas no es sencilla, y en muchas ocasiones puede generar problemas con los propietarios del edificio. Nuestra obligación como administrador de fincas es conseguir que todo esté en óptimas condiciones y ser neutrales en todo momento, actuando de mediador entre los problemas que pueda haber entre propietarios. Un buen clima en la comunidad nos ayudará a desempeñar nuestra labor y facilitar el cargo al presidente y vicepresidente (si lo hubiese) de la comunidad.

En resumen la figura de administrador de fincas está amparada en la Ley de Propiedad Horizontal, la cual debemos de conocer para desempeñar nuestro trabajo. Así mismo debemos de ser conscientes de que todas las comunidades de propietarios son diferentes y tienen diferentes necesidades. Debemos de dar un servicio exclusivo para cada comunidad, haciendo que los propietarios se sientan cómodos y participativos con nuestro trabajo. Debemos de ser conscientes que también es necesario conocer las normas vigentes en cada comunidad autónoma en lo que se refiere a la figura de administrador de fincas, para dar un mejor servicio y conocer cuáles son las obligaciones y derechos de las Comunidades de Propietarios según la localidad en la que se encuentren.

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