El caso:

La inquilina alquilo en octubre de 2011 una vivienda por un importe de 190€/mes.
La vivienda tiene más de 50 años
Esta sin pintar y tiene humedades, filtraciones de agua en una de las habitaciones.
Situado en una zona «baja» de la ciudad de A Coruña. 100m2
Es necesario que renueven el horno, la lavadora y la cocina.
El primer contrato, de 3 meses, el alquiler era a 190€.
El siguiente contrato se hizo en marzo de 2012 por el mismo importe y duración de tres meses.
Todo el tiempo en el que no hay contrato, se entiende que este se renueva tácitamente al no haber comunicación por ninguna de las partes de finalizar el contrato.

La respuesta:

Tu segundo contrato de 3 meses quedó prorrogado por una anualidad a su término. Podrá seguir prorrogándose automáticamente hasta alcanzar una duración de 5 años y si al llegar a los 5 años el casero no te notifica nada, podrá llegar hasta los 8 años sin que el casero pueda hacer nada ni subir la renta mas allá de la subida del IPC.

No firmes ningún contrato nuevo y sigue pagando la misma renta hasta que te actualice, si lo hace, con el ipc.

Si hay humedades mandarle un burofax requiriéndole para que proceda a arreglar los desperfectos y acude a la vía judicial, de la mano de un abogado, si no lo hace.

No necesitas saber si el casero declara los ingresos, si puedes deducir el alquiler en tu renta hazlo sin más.

No hay nada que denunciar al instituto de la vivienda, si te sube la renta y aceptas se trataría de un acuerdo mutuo, por eso es importante que no firmes nada.

Fuente: enalquiler