A poco menos de una semana para que esta normativa entre en vigor (el Real Decreto 235/2013 del 5 de abril) la cual obliga a las viviendas en venta o alquiler a mostrar su etiqueta energética, dando a conocer su nivel de eficiencia, para permitir a los técnicos titulados que también puedan examinar edificios sin terminar.

La última modificación realizada el 25 de Mayo, en el último instante, ha sido condensada por la ASECE (Asociación Española para la Calidad en la Edificación), comentan que así los técnicos ampliarán su radio de acción a edificios en proyecto y en viviendas terminadas.

En un comunicado de la asociación se argumenta, que el texto preliminar decía que el certificado de eficiencia energética del proyecto lo realizase el proyectista; para los edificios terminados , la dirección facultativa se encargaría; y en los existentes, los técnicos titulados.

Esto representaba algunos inconvenientes según ASECE, en el artículo 7 del decreto, la cual señala: “la certificación de la eficiencia energética de un edificio de nueva construcción o parte del mismo, constará de dos fases: la certificación de eficiencia energética del proyecto y la certificación del edificio terminado” añadiendo “ambos certificados podrán ser suscritos por cualquier técnico competente”.

Una véz rectificada esta contrariedad podemos suponer que se comunicará también al Consejo de Estado, quien advirtió también esta irregularidad tan importante.