La Declaración de la Renta se avecina, de nuevo es necesario poner en orden nuestras obligaciones con Hacienda. Un trámite de gran importancia para nuestra salud financiera, pero que suscita una inmensa pereza entre los contribuyentes.
Todos los años el mismo trámite, y cada año diferente, y de nuevo repleto de dudas bien porque se nos olvidan ciertas cosas o bien porque se han sucedido cambios en la legislación. Desde Adaix y a fin de proporcionar una información práctica a nuestros usuarios, vamos a analizar los detalles que refieren a la deducción por vivienda, es decir… ¿Qué cosas relacionadas con nuestra vivienda habitual son deducibles?
Los Seguros de vida y hogar vinculados a la hipoteca.
Por ejemplo, si tenemos un piso y este además cuenta con un seguro de vida y hogar que fueron adquiridos como productos vinculados a la hipoteca ¿Cuáles serían mis circunstancias?
En primer lugar debemos saber que SÓLO si la vivienda fue adquirida en fecha previa al 1 de enero de 2013 tendremos derecho a la deducción por vivienda habitual. Una vez cumplido este requisito prosigamos con los trámites que a más de uno le suelen costar dolores de cabeza y errores innecesarios, ya que la gran mayoría desconoce la posibilidad de deducir parte de los seguros vinculados lo que comprendería una pérdida de entre 15-30 euros anuales. Por otro lado, hay quienes llevan a cabo la deducción de forma incorrecta y consideran posible su total desgravación.
Respecto al seguro de hogar, la deducción comprendería aquella parte de la prima correspondiente con el seguro obligatorio de incendios, es decir aquella que asegura la vivienda y por tanto, garantiza la hipoteca. Sin embargo esta deducción solo es posible según las cuantías y términos establecidos por la entidad bancaria conforme a la tasación y que aparezcan recogidas en escritura pública.
En este caso desde Adaix Seguros aconsejamos solicitar a la compañía aseguradora un certificado para presentar de cara en el momento de su Declaración.
En lo que refiere al seguro de vida, si su suscripción viene impuesta por las las clausulas del préstamo hipotecario se podrá desgravar por inversión en vivienda habitual. Es decir, en el caso de que contratación de este seguro hubiera sido necesario para la concesión de la hipoteca y que así constara en las escrituras podría llevarse a cabo la deducción por seguro de vida.
Esperamos que desde Adaix Seguros, hayamos aclarado un poco las dudas que se suscitan conforme a estos productos de cara a la Declaración. Sin embargo, debemos ser conscientes de que hablamos de pequeñas cantidades, tanto que Hacienda en ocasiones se olvida de su aparición en los borradores.
Así que recuerda REVISA BIEN la casilla 738 de tu borrador, al fin y al cabo sea cual sea su cuantía, esa cantidad te pertenece.